La ciencia del cambio climático brindada por el Panel Intergubernamental de Cambio Climático – IPCC ha permitido evidenciar (durante muchos años y muchos reportes) la incidencia de la acción humana en los cambios de patrones climáticos. De acuerdo a la Convención Marco sobre Cambio Climático (CMNUCC, 1992) el cambio climático “se entiende como un cambio de clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que se suma a la variabilidad natural del clima” y este, es el principal desafío que tiene el mundo en la actualidad.

El Acuerdo Climático de París firmado en 2015 establece en el artículo 13 la creación de un Marco de Transparencia Reforzado cuyo propósito es establecer un “lenguaje común” para el reporte y la revisión de las acciones adelantadas en materia de adaptación y mitigación por todas las partes del Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático en la implementación de las contribuciones nacionalmente determinadas (CND). Para Transparency Partnership (2016, pág. 3) las acciones contempladas en las CNDs…

deben ser transparentes, estructuradas y detalladas en sus supuestos y resultados para proporcionar información coherente y relevante para las políticas a los tomadores de decisiones. En este sentido, debe proporcionar información explícita sobre la infraestructura física y los equipos necesarios para la transformación como base para evaluar las necesidades de inversión.”

Para la ciudadanía esto implica que la transparencia climática también nos ayudaría a tener claridad y rigurosidad en los recursos financieros y técnicos que se despliegan a partir de la toma de decisiones en cambio climático.

El Marco de Transparencia Reforzado (MRT) es donde se monitorea y verifica las acciones de adaptación y de mitigación del cambio climático. El MTR consta de dos partes según Verena et al. (Transparency Partnership, 2018, pag. 6) y son la “Transparencia en la acción, refiriéndose a la acción para la mitigación del y la adaptación al cambio climático (Art. 13.5); y Transparencia en el soporte, refiriéndose al apoyo recibido y brindado (Art. 13.6). Entre otras obligaciones, el Marco Reforzado de Transparencia exige de cada Parte la entrega de un Informe Nacional del Inventario de emisiones de gases de efecto invernadero y de información necesaria para hacer un seguimiento de los progresos en la implementación y el logro de la NDC (Art. 13.7), así como información sobre los efectos del cambio climático y la adaptación (Art. 13.8)”.

El MRT no solo debe limitarse a los asuntos de mitigación del cambio climático sino que debe involucrar las acciones de adaptación las cuales son monitoreadas y evaluadas con el objetivo de identificar su contribución a la reducción de la vulnerabilidad. La transparencia climática y el planificar adecuadamente las medidas de acción climática a la luz de la realidad nacional será esencial para poder garantizar a las poblaciones de los países de la región de LAC que el cambio climático no comprometerá sus medios de vida y su tejido comunitario.

La región cuenta con avances significativos en materia de planificación y política que pueden tornarse en fortalezas interinstitucionales e intersectoriales, sin embargo, será relevante que todas las acciones aseguren la transparencia en el financiamiento, en la información, en la participación pública y en la transversalización de los enfoques diferenciales, porque de eso depende la efectiva implementación del Acuerdo a nivel mundial.

What's your reaction?
1Cool0Upset0Love0Lol

Add Comment

to top